LexNet no garantiza el derecho de desconexión digital de los abogados

Barcelona, 02 de agosto de 2019.- Un Juzgado de lo Social[1] considera que LexNet no garantiza el derecho de desconexión digital de los abogados. Esta muy reciente sentencia vuelve a poner de manifiesto “la precariedad de los abogados en relación con la conciliación de la vida profesional y personal, a la intimidad o los derechos fundamentales de la dignidad y el derecho a la salud”.

LexNet es incompatible con estos derechos y esta incompatibilidad queda palmariamente de manifiesto con la llegada a nuestro ordenamiento jurídico del derecho a la desconexión digital de la LOPDGDD[2].

PIMED, patronal de los Pequeños y Medianos Despachos de abogados de Cataluña, pide a la Administración de Justicia y a todos los operadores jurídicos buscar una solución que resuelva una situación precaria, injusta y que pone en entredicho el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.

¿Qué pasa con los abogados?

El mes de agosto es hábil en buena parte de la jurisdicción social y en la penal. Según la LEC[3] art. 162.2, “cuando constando la correcta remisión del acto de comunicación por medios telemáticos transcurrieran tres días sin que el destinatario acceda a su contenido, se entenderá que la comunicación ha sido efectuada legalmente desplegando plenamente sus efectos”. En la práctica significa que los abogados no pueden estar más de tres días hábiles sin consultar las notificaciones electrónicas de LexNet. Con las consiguientes dificultades que la conexión puede representar para profesionales que estén de viaje y no dispongan de los medios telemáticos materiales para realizarla. Y ello supone, como mínimo, dos cosas: 1) el difícil disfrute del merecido descanso del profesional y 2) la posibilidad de que se vulnere la tutela judicial efectiva por la imposibilidad de atender la notificación.

La presidenta de PIMED, Isabel Pedrola, asegura “Reiteramos la necesidad de un pacto entre la Administración de Justicia y los operadores jurídicos que ponga fin a esta injusta situación que afecta a miles de abogados -y a otros operadores, en especial a aquellos que pertenecen a pequeños y medianos despachos, la mayoría en nuestro país, que no disponen de medios para hacer sustituciones o compañeros de guardia.”  Desde PIMED se apunta la posibilidad de aplicar, como solución transitoria y tomando a Hacienda como ejemplo, un periodo de cortesía -a elegir por el profesional- de 30 días durante el cual no se recibirían notificaciones telemáticas. La medida, aún sin ser perfecta, ayudaría sin duda a paliar los indeseables efectos del sistema LexNet actual.

[1] Juzgado de lo Social N°14 de Madrid, Auto de 4 Jul. 2019, Rec. 56/2019

[2] Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD)

[3] Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

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